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Repatriación, informe de procesos y entidades de apoyo en Colombia

Repatriación

Repatriación

La repatriación de una persona fallecida es un servicio que brindan las compañías funerarias, con el fin de que sus familiares y personas más allegadas puedan brindarle una digna despedida en su patria.

Para llevar a cabo el proceso de devolución del difunto, es importante que usted conozca el paso a paso y obtenga tranquilidad y agilidad en la realización del trámite.

ABC de la repatriación: 
El fallecimiento de una persona en el extranjero puede darse por múltiples motivos, entre ellos: muerte natural, asesinato, accidente de tránsito, catástrofe natural, entre otros… Por eso, si se requiere un proceso de identificación del difunto, los familiares o allegados contarán con el respaldo de la Cancillería y del Consulado, quienes a través de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano agilizarán este proceso.

1. El Ministerio de Relaciones Exteriores indica que lo primero que deben hacer los seres queridos de quienes hayan muerto en el exterior, es manifestar su voluntad de repatriar el cuerpo o por el contrario, decir si desean realizar un acto de cremación en el país respectivo, para una posterior repatriación de las cenizas.

2. Apoyo de entidades 

  • Entidades gubernamentales: Como se mencionó inicialmente, dos de las entidades más importantes a las que debe acudir son la Cancillería y el Consulado. Es importante que conozca que, en caso de que la familia del fallecido se encuentre en situación de extrema vulnerabilidad económica, el Ministerio de Relaciones Exteriores acudirá a otras entidades y organizaciones privadas, por ejemplo fundaciones u otros entes, con el fin de llevar a cabo la repatriación . Se debe tener en cuenta que la cartera no cuenta con una partida presupuestal para el traslado de colombianos fallecidos en el exterior.
  • Entidades privadas: La repatriación del fallecido(a), no solo involucra entidades gubernamentales, si no también otro tipo de organizaciones como funerarias, aerolíneas, bancos y fundaciones, estas dos últimas, generalmente tienen como fin dar apoyo económico.

3. Servicios funerarios 
Los servicios ofrecidos por una empresa funeraria, son necesarios y oportunos para una situación de este tipo, por eso asegúrese de contar con servicios como:

  • Si tiene la posibilidad, adquiera un plan funerario o servicios de previsión exequial en su país de origen, con el fin de que si llega a ocurrir una tragedia en el exterior, su familia cuente con el acompañamiento y apoyo económico de este tipo de organización, pues una pérdida trae consigo fuertes cargas emocionales y económicas.
  • Infórmese adecuadamente de los costos que debe cancelar, tenga en cuenta que estos varían por múltiples factores como: la inflación, las condiciones y distancia del país extranjero, los fletes y el proceso de tanatopraxia. La tanatopraxia es el conjunto de prácticas que se realizan sobre un cadáver con el fin de obtener: higiene, conservación, embalsamamiento, restauración, reconstrucción y cuidado estético del cadáver. La calidad de este proceso debe ser impecable, en los vuelos puede existir la posibilidad de hacer escalas o de la presentación de imprevistos.
  • Tiempo, la repatriación no tiene un tiempo fijo puesto que las condiciones de cada país son diferentes, y así mismo las causas de muerte varían. Por lo que, en casos de muerte violenta o de apariencia accidental, los cuerpos no serán repatriados de inmediato ya que las autoridades locales necesitan tiempo para realizar los respectivos exámenes e investigaciones.
  • Existe gran variedad de planes funerarios, por eso es importante que se asesore adecuadamente y contrate uno que se ajuste a sus necesidades, intereses y presupuestos. Los servicios de repatriación , se reflejan en el transporte, sin embargo para dar la despedida al fallecido existen otros tipos de servicios, clasificados de la siguiente manera:
  1. Servicios básicos: preparación del cuerpo, obtención de licencias de inhumación o cremación, traslado del cuerpo, suministro de carroza fúnebre para el servicio, cofre fúnebre, sala de velación y trámites civiles y eclesiásticos.
  2. Servicios complementarios: arreglos florales, avisos murales y de prensa, transporte de acompañantes y acompañamientos musicales.
  3. Destino final: inhumación o cremación del cuerpo.
Tenga en cuenta que los servicios anteriores, están regulados por la ley 795 de 2003.

Leyes y propuestas: 

Ante el Congreso de la República fue radicado un proyecto de ley que busca establecer el seguro obligatorio para facilitar los trámites de repatriación de los cuerpos de los connacionales que fallezcan en el exterior. Este proyecto tiene como objetivo agilizar el trámite y así mismo brindar apoyo en la parte económica, ya que a muchas familias se les dificulta conseguir el dinero en el momento del fallecimiento, y otras se encuentran en situación de extrema vulnerabilidad económica.

Si desea conocer más información sobre repatriación , puede ingresar al siguiente link: https://www.laascension.com/ 

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